¿Cuándo será el sorteo de las mesas electorales para las elecciones generales en España del 23 de julio?
(CNN Español) — Lo primero en lo que mucha gente piensa cuando se convocan elecciones en España es en la posibilidad de ser elegido miembro de una mesa electoral, ser nombrado presidente o uno de los dos miembros que componen cada unidad encargada de ordenar el voto y realizar el escrutinio posterior.
Cada uno de estos cargos es designado por los ayuntamientos en sorteo público entre todas las personas que componen la lista de electores de cada mesa. La Ley Orgánica 5/1985, de Régimen Electoral General, establece que este sorteo deberá realizarse “entre los días veinticinco y veintinueve siguientes a la convocatoria”, que coincidiría con el periodo del 24 al 28 de junio. el Congreso de los Diputados a CNN, los municipios que lo deseen podrán adelantar dos días las fechas del sorteo, es decir, iniciar el jueves 22 de junio y finalizar, a más tardar, el lunes 26 de junio.
Entre los sorteados se encuentran todas aquellas personas que sepan leer y escribir y que sean menores de 70 años. No obstante, los mayores de 65 años y las personas con discapacidad que resulten seleccionadas podrán quedar exentas de esta responsabilidad si así lo desean y lo manifiestan ante la Junta Electoral de su ámbito en el plazo máximo de siete días.
Según la ley, los elegidos deberán ser notificados en un plazo máximo de tres días después de realizado el sorteo.
¿Cuántos presidentes y miembros se eligen?
En las elecciones municipales del 28 de mayo y en las elecciones generales celebradas el 10 de noviembre de 2019, entre 535.000 y 545.000 personas fueron nombradas miembros de una mesa electoral.
En las elecciones de mayo fueron llamados unos 180.000 titulares, mientras que poco más de 360.000 fueron elegidos suplentes porque por cada titular se seleccionan 2 posibles reemplazos.
¿Qué hacer si me eligen como miembro o presidente y no puedo ocupar el cargo?
Es probable que alguno de los elegidos para ser miembro de una mesa electoral no pueda asistir al compromiso por situaciones personales, familiares o profesionales. En este caso, el Ley Orgánica del Régimen Electoral General ofrece un plazo de siete días para argumentar ante la Junta Electoral de Zona las causas que les impiden aceptar el cargo. Este plazo comienza a correr una vez que hayan sido notificados.
Cada solicitud será resuelta «sin más recurso» en el plazo de cinco días.
Dado que estas elecciones coinciden con la campaña de verano, algunos se preguntan si irse de viaje puede ser una excusa para evadir esta responsabilidad. En este sentido, la Junta Central Electoral (JEC) está abierta a estudiar cada caso si puede acreditar que el desplazamiento se ha contraído antes de la convocatoria de las elecciones y si la cancelación del viaje provoca «perjuicio económico o perturbación grave al solicitante». .
Para que prospere esta alegación, la JEC insta a los interesados a «acreditar documentalmente la debida antelación del contrato, así como el perjuicio económico o perturbación grave» que pudiera ocasionar su resolución.
Delitos por eludir la responsabilidad en un colegio electoral
En caso de ser nombrado presidente o vocal de una mesa e incumplir nuestra obligación sin justa causa, la legislación española establece penas de prisión de 3 meses a un año o multa de 6 a 24 meses.